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Visa Juvenil (SIJS) en Nueva Jersey y Nueva York

Si usted está leyendo esta página, probablemente es un adulto que intenta proteger a un menor — una sobrina, un nieto, un estudiante, un niño bajo su cuidado — que ha pasado por algo que ningún niño debería vivir. La Visa Juvenil, conocida formalmente como el Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS), existe exactamente para esta situación: es una de las pocas vías en la ley de inmigración diseñada alrededor de la seguridad del menor — y no alrededor de una petición familiar o de un empleador.

La abogada Sharon Lieberman ha dedicado años de su carrera a representar a menores en casos de SIJS en Nueva Jersey y Nueva York, tanto en los tribunales de familia como ante inmigración. Las consultas están disponibles en inglés, español, francés y ruso. Si busca una abogada de visa juvenil en Nueva Jersey o Nueva York, está en el lugar correcto.

¿Qué es la Visa Juvenil (SIJS)?

Es un camino hacia la residencia permanente (green card) para jóvenes menores de 21 años que no pueden reunificarse con un padre debido a abuso, abandono o negligencia.

El SIJS es un proceso de varios pasos. Paso 1: el tribunal de familia del estado, que determina lo que le ocurrió al menor. Paso 2: la agencia federal de inmigración (USCIS), que otorga el estatus migratorio. La abogada Sharon Lieberman se encarga de ambos pasos.

¿Quién califica?

Un joven menor de 21 años, soltero, que vive en los Estados Unidos, y sobre quien un tribunal puede hacer tres determinaciones.

El tribunal de familia — en Nueva Jersey o Nueva York — debe determinar que: (1) el menor de 21 años depende del tribunal o está bajo la custodia o tutela de una persona o agencia; (2) la reunificación con uno o ambos padres no es viable debido a abuso, abandono, negligencia o fallecimiento; y (3) no es en el mejor interés del menor regresar a su país de origen. Los tribunales de ambos estados pueden hacer estas determinaciones hasta que el joven cumpla 21 años — los adolescentes mayores todavía están a tiempo.

A muchas familias les sorprende saber que un menor puede calificar aunque uno de sus padres esté presente y lo cuide bien. Las determinaciones se refieren al padre que abusó, abandonó o descuidó al menor — el niño no tiene que estar solo en el mundo para merecer la protección del gobierno de los Estados Unidos.

¿Cómo funciona el proceso?

Tres pasos: una orden del tribunal de familia, una petición ante USCIS y — cuando hay un número de visa disponible — la solicitud de la green card.

  • Paso 1 — Tribunal de familia. Pedimos al tribunal — en Nueva Jersey o Nueva York — que otorgue la custodia o tutela del menor a un adulto de confianza (muchas veces, la persona que está leyendo esta página) y que haga las determinaciones especiales descritas arriba.
  • Paso 2 — La petición SIJS. Con la orden del tribunal, presentamos la petición ante USCIS. Debe presentarse antes de que el joven cumpla 21 años — sin excepciones.
  • Paso 3 — La green card. Cuando hay un número de visa disponible en la categoría SIJS, el joven solicita la green card.

El menor nunca ha estado en la corte de inmigración. ¿Importa?

No. Un menor no necesita estar en proceso de deportación para solicitar — y no debe esperar a estarlo.

El caso puede iniciarse de manera afirmativa, comenzando en el tribunal de familia. Y si el menor ya está en proceso de deportación, SIJS sigue siendo una de las protecciones más importantes disponibles.

¿Qué cuenta como abuso, abandono o negligencia?

El tribunal de familia mira la vida real del menor — no si alguien fue arrestado o condenado.

Un padre que desapareció hace años y no brinda apoyo a su hijo. Un padre en cuyo hogar había violencia, o que consumía drogas ilegales cerca del menor. Un padre que no pudo o no quiso proveer el cuidado básico. Un padre que obligó a su hijo a trabajar en lugar de asistir a la escuela. Un padre que falleció, dejando al menor sin su protección. Estas situaciones dolorosas son difíciles de describir ante un tribunal. Pero con la asistencia de la abogada Sharon Lieberman, ayudamos a las familias a presentar estos hechos ante el tribunal con precisión y con dignidad. Estos procedimientos judiciales son confidenciales: los menores y sus tutores pueden hablar con libertad sobre lo que les ocurrió. Los expedientes quedan sellados para proteger su privacidad.

¿Hay una fecha límite?

Sí — una fecha límite importante y estricta. La petición ante USCIS debe presentarse antes de que el menor cumpla 21 años.

Y como la orden del tribunal de familia debe venir primero, y los tribunales avanzan a su propio ritmo, el plazo real llega antes del cumpleaños número 21. Si el joven tiene 17, 18, 19 o 20 años, el momento de empezar es ahora. Casarse antes de recibir la green card también termina la elegibilidad, algo importante para jóvenes en relaciones serias.

¿Cuánto tiempo toma?

La petición SIJS puede decidirse relativamente rápido, pero la fila para la green card (la espera para poder solicitar la residencia) es larga — por eso conviene presentar el caso cuanto antes.

Actualmente existe una demora para las green cards en la categoría SIJS. Una petición aprobada asegura el lugar del joven en la fila (casi como un boleto de autobús). Pero aún hay que esperar en esa fila, incluso con el lugar asegurado. Lo más importante es lo que exige el plazo: lograr la aprobación antes de que la puerta se cierre a los 21 años. En su consulta, Lieberman Law Group le dará un panorama realista del calendario.

¿La Visa Juvenil lleva a la ciudadanía?

La green card permite solicitar la ciudadanía después de cinco años de residencia permanente.

El joven puede convertirse en ciudadano, siempre que permanezca en los Estados Unidos después de presentar su caso y no cometa ningún delito.

¿Cómo puede ayudar Lieberman Law Group?

La abogada Sharon Lieberman ha obtenido más de 100 aprobaciones de SIJS.

La abogada Sharon Lieberman ha representado a muchos menores en casos de SIJS en Nueva Jersey y Nueva York, incluyendo casos referidos por organizaciones nacionales de protección de menores, manejando tanto la etapa del tribunal de familia como la etapa de inmigración. Está admitida para ejercer en ambos estados, atiende a familias en inglés y español, y también habla ruso, francés y hebreo.

En una consulta usted recibirá respuestas claras sobre si los antecedentes y las circunstancias del menor lo hacen elegible para SIJS, qué implica el paso del tribunal de familia y cómo se ve el calendario.