Estatus Especial de Inmigrante Juvenil hasta los 21 años
¿Tiene 18, 19 o 20 años un joven que usted cuida y cree que ya es tarde para la Visa Juvenil? En Nueva York no lo es. El Tribunal de Familia puede nombrar un tutor para un joven hasta los 21 años, y por eso un joven que ya no calificaría en la mayoría de los estados todavía puede obtener el Estatus Especial de Inmigrante Juvenil (SIJS) aquí y, con él, la residencia permanente (green card).
La abogada Sharon Lieberman ha obtenido más de 115 aprobaciones de SIJS entre Nueva York y Nueva Jersey, y lleva casos en Rockland, Westchester, Albany, Queens, Brooklyn, Manhattan y el Bronx. Atiende a las familias directamente en español.
Por la abogada Sharon Lieberman, Lieberman Law Group

Esta página también está disponible en inglés. Para Nueva Jersey, vea nuestra página de Visa Juvenil (SIJS) en Nueva Jersey.

SIJS, por sus siglas en inglés (Special Immigrant Juvenile Status), es un camino hacia la residencia permanente para jóvenes menores de 21 años que no pueden reunificarse con uno o ambos padres por abuso, negligencia, abandono o una razón similar según la ley de Nueva York. El Congreso creó el SIJS para que un menor en esa situación pueda quedarse en Estados Unidos y convertirse en residente permanente.
Para calificar, el joven debe ser menor de 21 años y estar soltero cuando se presenta la petición, y debe vivir en Estados Unidos.
El proceso tiene dos etapas: una determinación del Tribunal de Familia y una decisión de inmigración de USCIS.
Primera etapa: ocurre en el Tribunal de Familia de Nueva York del condado donde vive el menor. Un juez de familia hace las determinaciones que el SIJS exige y nombra a un tutor o custodio para el menor.
Segunda etapa: una vez que el Tribunal de Familia emite la orden, el menor puede solicitar el SIJS al gobierno de Estados Unidos.
En muchos casos, el tutor o custodio es:
Una abogada de Visa Juvenil en Nueva York puede ayudarle a determinar quién puede pedir la custodia o la tutela y qué tipo de caso conviene más.
No. El Tribunal de Familia de Nueva York no pregunta por su estatus migratorio cuando usted solicita ser tutor de un menor, y el tribunal no comparte sus expedientes con las autoridades de inmigración. Los procesos del Tribunal de Familia son confidenciales y los expedientes quedan sellados. Muchos de los tutores en nuestros casos son tías, abuelas y hermanos mayores que tampoco tienen papeles.
Los cambia, y conviene saber cómo antes de presentar el caso. Una orden de tutela le da a usted la autoridad legal para tomar decisiones por el menor: la escuela, la atención médica y el lugar donde vive. El padre o la madre que está en su país sigue siendo su padre o su madre.
Sí. Esta es la diferencia más grande entre Nueva York y la mayoría de los demás estados. La sección 661 de la Ley del Tribunal de Familia de Nueva York permite que el Tribunal de Familia nombre un tutor para un joven hasta los 21 años, siempre que el joven esté de acuerdo.
Mientras la petición se prepare correctamente, Nueva York permite el SIJS para un joven menor de 21 años. Un joven de 18, 19 o 20 años que ya perdió la oportunidad en otro estado todavía puede calificar aquí. Lea más en nuestro artículo ¿Hasta qué edad se puede solicitar la Visa Juvenil?.
Hay un plazo estricto y muy importante. La petición de SIJS debe presentarse antes de que el joven cumpla 21 años, o se pierde para siempre. Un joven de 20 años puede calificar, pero un caso en el Tribunal de Familia puede tardar meses, así que no conviene esperar.
Desde mayo de 2026, el SIJS ya no otorga permisos de trabajo ni acción diferida de forma automática.
Antes de mayo de 2026, un menor con una petición de SIJS aprobada por USCIS podía obtener un permiso de trabajo y trabajar legalmente. Eso ya no es así por una nueva política.
Este cambio también eliminó la acción diferida, que en términos simples era una promesa del gobierno de no deportar al menor durante cierto periodo. Se otorgaba de forma automática hasta 2025. Desde mayo de 2026 ya no existe, salvo en circunstancias excepcionales.
Un joven que ya tiene acción diferida y permiso de trabajo los conserva hasta la fecha de vencimiento, a menos que USCIS los termine antes. Para las peticiones presentadas el 10 de mayo de 2026 o después, el menor espera su número de visa sin permiso de trabajo y sin protección completa contra la deportación.
Hay abogados demandando al gobierno por esta decisión, así que las reglas pueden cambiar en cualquier momento.
El SIJS en Nueva York ofrece varios beneficios importantes a los menores que califican:
El Tribunal de Familia del condado donde vive el menor. La mayoría de los casos de SIJS en Nueva York empiezan con una petición de custodia o tutela, en la que un adulto de confianza le pide al tribunal que lo nombre tutor para cuidar a un menor que sufrió abuso, negligencia o abandono por parte de uno o ambos padres. Un menor en cuidado de crianza (foster care) obtiene las determinaciones dentro del caso que ya está ante el tribunal.
En la ciudad de Nueva York, el caso va al Tribunal de Familia del condado de Kings (Brooklyn), Queens, Nueva York (Manhattan) o el Bronx. Al norte de la ciudad, los tribunales de los condados de Rockland, Orange, Westchester y Albany también llevan casos de SIJS.
Tres cosas, porque la ley federal exige cada una antes de que USCIS pueda aprobar la petición del menor.
Primero, el tribunal debe colocar al menor bajo la tutela o custodia de un adulto, o declararlo dependiente del tribunal. La propia orden de tutela o custodia cumple este requisito.
Segundo, el tribunal debe determinar que el menor no puede reunificarse con uno o ambos padres por abuso, negligencia, abandono o una razón similar según la ley de Nueva York. Con un solo padre basta. Si el menor vive con uno de sus padres y el otro abandonó a la familia o falleció, el menor puede calificar. Muchos casos en Nueva York son exactamente así.
Tercero, el tribunal debe determinar que enviar al menor de regreso a su país de origen no es lo mejor para él. El juez considera la seguridad, la escuela, el apoyo familiar y las condiciones de vida en los dos países.
La etapa del Tribunal de Familia suele tardar varios meses, y a veces el tribunal requiere más de una audiencia. Por eso conviene entregar los documentos y la información cuanto antes, para que el juez tenga un caso sólido que revisar. Cuando termina esta etapa, sigue la petición ante USCIS.
Es posible que el menor tenga que hablar ante el juez, aunque la audiencia está cerrada al público y los expedientes quedan sellados después. Si usted o el menor no hablan inglés, el tribunal proporciona un intérprete sin costo. La abogada Sharon Lieberman los prepara a los dos para la audiencia, para que sepan qué va a preguntar el juez.
USCIS debe decidir una petición de SIJS dentro de 180 días. La ley federal lo exige, pero USCIS con frecuencia se pasa de ese plazo. A veces la aprobación tarda varios meses.
Es una muy buena noticia, pero todavía no es la residencia permanente. El menor entra en una nueva espera: la de un número de visa, que puede tardar varios años porque el SIJS tiene un límite anual de visas.
La fecha depende del boletín de visas del Departamento de Estado, que cambia cada mes, y una abogada con licencia debe seguirlo en esta etapa.
Cuando la fecha está vigente, el menor solicita la residencia. Aunque ya tenga más de 21 años, al presentar la petición antes de cumplir 21 guardó su lugar en la fila.
Sí. El menor puede seguir con el SIJS aunque esté en la corte de inmigración, lo que también se llama “proceso de deportación”.
Muchos de nuestros clientes en Nueva York empiezan el SIJS mientras están en ese proceso. El caso del Tribunal de Familia avanza por su propio camino, porque el tribunal estatal no necesita el permiso del juez de inmigración para decidir una tutela o custodia.
Una vez que USCIS aprueba la petición, se puede presentar en la corte de inmigración con una solicitud para pausar el proceso de deportación o cerrarlo por completo.
El juez de inmigración decide esa solicitud caso por caso. La abogada le pedirá al juez más tiempo mientras el caso del Tribunal de Familia sigue avanzando.
Sí. Tener un hijo no impide el SIJS. Lo que importa es que el joven esté soltero y que el tutor mantenga al joven y a su hijo. Si esa es su situación, no deje de consultar.
Presentar una petición de tutela o custodia en el Tribunal de Familia de Nueva York es gratis. El tribunal no cobra ninguna tarifa. Los honorarios de la abogada y la tarifa de presentación de USCIS son aparte, y la abogada Sharon Lieberman le explica los dos con claridad en su consulta.
La abogada Sharon Lieberman ha llevado casos de SIJS en los Tribunales de Familia de los condados de Rockland, Orange, Westchester y Albany y en Brooklyn, Queens, Manhattan y el Bronx.
Nuestra oficina de Nueva York en Pearl River está en un punto central, a corta distancia de los cinco condados de New York City y de los condados de Rockland, Orange y Westchester. También llevamos casos de SIJS en el condado de Albany y en todos los condados de Nueva Jersey.
La abogada Sharon Lieberman lleva las dos etapas ella misma, el caso en el Tribunal de Familia y la petición ante USCIS, y desde la primera consulta le explica si el menor califica y cuánto tiempo le queda para presentar el caso.
Si un menor que usted cuida está en Nueva York y no puede regresar con seguridad a uno de sus padres, reserve una consulta hoy. Traiga el acta de nacimiento del menor, cualquier aviso de la corte de inmigración y lo que sepa sobre dónde está cada uno de los padres ahora.
La información de esta página es de carácter general e informativo y no constituye asesoría legal. Leer esta página o comunicarse con Lieberman Law Group no crea una relación abogado-cliente; esa relación se forma únicamente mediante un contrato de servicios firmado.
* La elegibilidad para estos programas depende de la edad, los ingresos, el hogar y el condado de residencia del joven, y de la fecha en que se presentó la petición de SIJS. Nueva York cambió sus reglas de Medicaid y del Essential Plan en 2026, y las reglas federales de Medicaid cambian el 1 de octubre de 2026, por lo que un programa mencionado aquí puede ya no estar disponible. Lieberman Law Group no tramita solicitudes de beneficios públicos ni garantiza la elegibilidad para ninguno de ellos. Antes de solicitar, confirme la elegibilidad actual con NY State of Health o con un consejero de beneficios.
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